Pensión de viudedad

Analizando como llega la gente a este blog desde Google he visto una consulta que me ha llamado la atención:

CUANDO FALLECE EL CONYUGUE QUE PENSION TE CORRESPONDE

Me ha llamado la atención porque la mayoría de la gente tiene unas ideas equivocadas sobre esto.

En España la pensión de viudedad las cobran no sólo las viudas, como pasaba hace algúnn tiempo, sino también los viudos.

La pensión de viudedad no es incompatible con el trabajo renumerado, se puede trabajar y por lo tanto cobrar un sueldo, y además recibir la pensión de viudedad.

El importe de la pensión de viudedad depende de la base reguladora, es decir de lo que cotizara a la seguridad social el difunto.

Y el importe de la pensión es el 52% de esa base o el 70%. El 52% es el caso general. Para cobrar el 70% hay que tener cargas familiares, no tener muchos mas ingresos y que sea la fuente principal de ingresos de la persona que ha enviudado.

Con mucho mas detalle está explicado en la web de la Seguridad Social

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